Como información complementaria, copiamos los artículos del convenio colectivo de trabajo referidos a las co producciones y servicios, cuándo y cómo aplican
QUINTO.
a) Cuando
las obras cinematográficas no obtengan en el ICAU
(Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay) el certificado de
proyecto de obra en co-producción o de obra nacional, los salarios
mínimos por categorías aquí establecidos tendrán un incremento
del 25%, si el presupuesto previsto es superior a U$S 500.000, b)
Cuando las obras cinematográficas obtengan en el ICAU
(Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay) el certificado de
proyecto de obra en co-producción siendo el porcentaje de
participación nacional minoritario , los salarios mínimos por
categorías aquí establecidos tendrán un incremento del 10%..
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Consulta y descarga las tablas en el siguiente link
Tablas salariales para cine y series + co pro min + servicio
Tablas salariales para cine y series + co pro min + servicio
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